Amnistía Internacional condena la suspensión por el gobierno de Uganda de 54 ONG

Amnistía Internacional, una organización mundial de derechos humanos, ha criticado al gobierno de Uganda por suspender 54 ONG en el país.

El gobierno había ordenado recientemente a las ONG que suspendieran sus operaciones, como parte de una escalada significativa de sus esfuerzos para reforzar el control sobre la sociedad civil.



Los grupos afectados incluyen la organización de derechos humanos más destacada del país, el Capítulo IV, así como grupos religiosos, ambientales y democráticos electorales.

El gobierno dijo que los grupos no cumplieron con la legislación que cubre sus actividades, incluida la operación con permisos vencidos, no proporcionar cuentas o no registrarse con las autoridades.

Algunas de las organizaciones cuyo cierre se ordenó participaron en el proceso de observación electoral el día de las elecciones de enero de 2021, durante el cual las fuerzas de seguridad irrumpieron y muchos de sus líderes fueron detenidos.

En la muy controvertida encuesta, el presidente Yoweri Museveni regresó a un sexto mandato después de una violenta campaña marcada por el hostigamiento y arrestos de figuras de la oposición, ataques a los medios de comunicación y el asesinato de decenas de personas.

En respuesta a una declaración del viernes, Amnistía Internacional pidió al gobierno de Uganda que anulara de inmediato la orden de suspensión.

«La suspensión tiene como objetivo restringir los derechos a la libertad de expresión y asociación y detener las actividades de las organizaciones independientes de la sociedad civil que se consideran críticas con las autoridades», dijo Amnistía Internacional en un comunicado.

“Según el Foro Nacional de ONG de Uganda, la mayoría de las organizaciones no fueron informadas de la decisión de la oficina de ONG de Uganda ni tuvieron la oportunidad de responder con anticipación.

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«La Ley de ONG de Uganda de 2016 impone requisitos onerosos para solicitar permisos para ONG con varios niveles de registro con solicitudes de renovación periódicas, y las organizaciones deben tener memorandos de entendimiento con la región en la que operan. También hay una falta de claridad sobre qué organizaciones Caen bajo este régimen regulatorio.

“La suspensión de organizaciones es arbitraria, ya que contraviene el artículo 33 (2) de la Ley de ONG, que exige que la oficina proporcione un aviso por escrito con 30 días de antelación para que los titulares puedan demostrar por qué no se permite revocar o rescindir el permiso.

«La suspensión de las organizaciones de la sociedad civil independientes simplemente por hacer su trabajo es un ataque a los derechos humanos, incluidos los derechos a la libertad de expresión y asociación. La suspensión de las organizaciones de la sociedad civil también expone a estas organizaciones a riesgos legales adicionales si no pueden pagar los salarios a los empleados o proveedores «.

Muchas organizaciones afectadas trabajan en áreas sensibles como las prácticas legales para ayudar a los pobres o marginados. Otros trabajan en la rendición de cuentas y la transparencia en el sector petrolero, y otros monitorean los derechos humanos en el contexto de las elecciones. El cierre repentino de organizaciones que trabajan en estrecha colaboración con los ugandeses perjudicará a las personas que dependen de sus servicios o defensa.

El derecho a la libertad de expresión y asociación está garantizado por los artículos 9 y 10 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, de la que Uganda es Estado parte. En consecuencia, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos ha publicado Directrices sobre la libertad de asociación y reunión consagradas en la Carta Africana, que entre otras cosas prohíben a los estados obligar a las asociaciones a registrarse para que puedan existir y operar libremente. Además, las organizaciones informales no pueden ser castigadas o criminalizadas por la ley o en la práctica por su falta de estatus formal. Esta decisión de la oficina de la ONG es una clara indicación de la naturaleza represiva en la que las autoridades ugandesas han seguido tomando medidas enérgicas contra el espacio cívico y los derechos humanos.

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“La Oficina de ONG tiene el mandato de desempeñar un papel regulador y facilitador en la creación de un entorno propicio para las ONG en Uganda, pero este no ha sido el caso en el pasado reciente.

“Agradecemos las positivas discusiones que tuvieron lugar entre el Ministro del Interior y líderes de la sociedad civil el 24 de agosto e instamos al Ministro a dar seguimiento urgente a los compromisos asumidos para remediar las desviaciones en la suspensión de algunas ONG afectadas y el establecimiento de un sistema judicial Comisión en nombre de lo que exige la ley. También instamos a las autoridades de Uganda a garantizar que los actores de la sociedad civil que participan en la promoción de los derechos fundamentales puedan ejercer sus derechos libremente de conformidad con la Constitución de Uganda y las obligaciones internacionales de derechos humanos del país. incluido el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos «.

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